¿Cómo debemos actuar si el Gobierno de la Ciudad clausurara nuestro ascensor?

¿Puedo usarlo?

No, hasta que el Controlador de Faltas de la Dirección General de Administración de Infracciones (DGAI)* ordene el levantamiento de la clausura.

¿Qué debo hacer ante ello?

Contactarte con la empresa conservadora de tu elevador quién debe informarte de los pasos a seguir.

¿Y la empresa sabe cómo proceder?

Si, la empresa sabe que no puede realizar ninguna acción sobre el elevador afectado por una clausura, debiendo requerir, al Controlador de Faltas (DGAI) el permiso provisorio para realizar mejoras y/o exhibirle la documentación que motivaran la clausura. Una vez realizadas las mejoras o subsanadas las causales de clausura, debe concurrir ante el Controlador de Faltas de la DGAI para que éste solicite a DGFYCO la realización de una nueva inspección tendiente a corroborar la situación actual del elevador.

¿Y si la empresa ya cumplió con la corrección de los causales de clausura, puedo usar el elevador?

No, aun no. Para poder utilizar el elevador nuevamente el controlador de Faltas deberá librar un mandamiento de LEVANTAMIENTO, en virtud del cual un oficial de mandamiento concurrirá a su domicilio a efectos de retirar la faja de clausura.

Ya tengo el LEVANTAMIENTO!

Ahora si podes usar el elevador!

«Recuerde que cumplir con la reglamentación hace a su elevador más seguro controle en el código QR el estado de su elevador, no se exponga a accidentes.»

(DGAI) Dirección General de Administración de Infracciones

Dirección: Hipólito Yrigoyen 2346. Teléfono: 5030-9860 interno 1137.

Correo electrónico para CABA: consultasdgai@buenosaires.gob.ar . Correo electrónico para ciudadanos que están a más de 60 km de CABA: infracciones.ciudad@gmail.com .

Atención al público y pago voluntario: Lunes a viernes, de 8:00 a 13:00 hs y de 14:00 a 19:00 hs.

FUENTE: http://ips.com.ar/noticia/7283